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Lo que más nos preguntan
La primera valoración por WhatsApp es gratuita. Si el asunto necesita revisar documentos o es de alta complejidad, agendamos una consulta de análisis. En todos los casos, le entregamos una propuesta de honorarios antes de iniciar — sin sorpresas.
Sí. Presencial en Bogotá (con cita previa en espacios de coworking) y en Boyacá; y virtual en todo el país mediante videollamada, correo y WhatsApp Business.
Agende una consulta de diagnóstico. Nuestro equipo revisa los hechos, la normativa aplicable y los escenarios estratégicos, y le da una evaluación técnica honesta de su situación — incluyendo si NO vale la pena costar.
Depende del tipo de proceso, el despacho y la complejidad. No existen plazos fijos garantizables. Le daremos una estimación realista al evaluar el caso — nunca le diremos lo que quiere oír si no es serio.
Por WhatsApp al (+57) 322 341 2275, por la página Contacto o por correo a lexartislegalsas@gmail.com. Respondemos en menos de 24 horas hábiles.
Sí: apoderados de víctimas y defensa privada, en todas las etapas del proceso penal colombiano (indagación, imputación, juicio oral, incidente de reparación integral).
Sí. Redacción, actualización y revisión de RIT conforme a la normativa vigente, incluyendo ajustes derivados de la reforma laboral (Ley 2466 de 2025).
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Reglas del foro: las respuestas publicadas constituyen información jurídica general y educativa — no reemplazan una asesoría. No comparta aquí datos sensibles (números de cédula, cuentas, contraseñas). Los abogados de Lex Artis Legal publican las respuestas tras revisión interna.
Respuestas del equipo a la comunidad
"Mi arrendador no quiere devolverme el depósito, ¿es legal?"
No. Depósito en arriendo de vivienda es una práctica no prevista por la Ley 820 de 2003 — el propietario no puede retenerlo. Puede reclamarlo por derecho de petición y, de no lograrlo, ante el juzgado. Expertos de la firma lo tramitan por usted.
Respondido · Derecho Civil
"¿Puedo divorciarme aunque mi pareja no quiera?"
Sí. Desde la Ley 2442 de 2024 basta la voluntad de uno solo de los cónyuges para poder pedir el divorcio judicial, sin necesidad de demostrar nalcausal. Si hay acuerdo posterior, puede revivirse notarial.
Respondido · Derecho de Familia
"Tengo un reporte negativo que ya pagué, ¿puedo borrarlo?"
Depende de las fechas y la naturaleza del registro. El registro puede conservarse, pero debe actualizarse tras el pago, y existen plazos máximos de permanencia. Cuando el registro viola esas reglas, la vía es reclamación habeas data y, en su caso, tutela y reclamación de perjuicios.
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